¿Cómo y dónde sacar ficha RUC?

¿Cómo y dónde sacar ficha RUC?
Si eres un representante de una empresa o un profesional independiente dedicado a actividades económicas que incluye la importación y exportación; motivo por lo que requieres una autorización municipal, tendrás que solicitar la Ficha RUC. Te preguntarás como sacar ficha ruc y donde obtenerlo, aquí te mostraremos la posibilidad de conocer como efectuar dicho trámite y sobre todo que requisitos cumplir para poder obtenerla.

Ficha RUC

Varias personas consideran que para efectuar el trámite correspondiente se tiene que ir al Centro de Servicio al Contribuyente – SUNAT para gestionarlo, te informamos que hoy en día este procedimiento es sencillo, ya que puedes obtener tu ficha RUC sin la necesidad de acercarte, puedes realizarlo desde el Portal Web de la SUNAT.
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¿Cómo y dónde sacar la ficha RUC?

Para tramitar y sacar la ficha RUC ingresa al Portal Web de la SUNAT en la opción "Operaciones en Línea”, acceder en el "Reporte de Certificado de la Ficha RUC” utilizando la Clave SOL para ingresar. Así mismo se podrá acceder desde cualquier dispositivo móvil. Posteriormente, se seguirá una serie de pasos para efectuar el trámite virtual.
  • Ingresar a la página web de la SUNAT 
  • Ubicar la opción Operaciones en línea
  • Acceder a la opción Mis Trámites y consultas
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  • Ingresar el RUC, usuario y contraseña
  • Ubicar la opción Empresas / Mi ruc
  • Acceder en Otros registros / mis datos del RUC, RUC y Ficha RUC
  • Al visualizar la ficha RUC proceder a descargarla.
Nota: Puedes enviar la ficha RUC a un correo electrónico o descargarla en formato PDF. En el reporte electrónico se visualizará el código QR y la dirección electrónica para validar el reporte generado.

Puedes acceder directamente en este enlace de la SUNAT:

¿Cómo confirmar la autenticidad de la Ficha RUC en Formato digital?

Para verificar la autenticidad correspondiente se debe gestionar las consultas en el Portal Web de la SUNAT mediante dos opciones:

Sacar ficha RUC en formato digital

  • Ingresar con el Código QR desde la aplicación, el cual figura en la última página de la Ficha RUC impresa o descargada
  • Ingresar el URL que se visualiza al final de la Ficha RUC

Si la Ficha RUC fue firmada digitalmente por SUNAT:

  • Ingresar a opciones sin clave SOL en el Portal Web de la SUNAT
  • Ubicar la opción de Validación de documentos con firma digital
  • Seleccionar el archivo de la Ficha RUC y dar clic en Validar
Nota: Tener en cuenta que, la consulta RUC no tiene la misma validez que la impresión en formato digital de la ficha RUC, solo la presente ficha es la que dispone de un número de transacción y código QR para su verificación correspondiente.

RUC: Trabajadores Independientes

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Un trabajador independiente presta servicios de forma personal e individual percibiendo rentas consideradas de cuarta categoría. El grupo perteneciente a esta categoría desempeñan actividades como:
  • Ejercicio de una profesión: arte, ciencia u oficio.
  • Director de empresas: síndico, mandatario, gestor de negocios, albacea y actividades similares.
  • Trabajadores en la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS).

A pesar de los avances tecnológicos y la manipulación de ellos, aún sigue existiendo ciertas dudas como la siguiente: ¿Debo de tener algún libro contable? Cabe indicar que, desde el 01 de enero de 2017 no se está obligado a llevar ningún libro, pero ello no quiere decir que no se tenga la obligación de registrar aquellos pagos a la SUNAT. 

Nota: Los libros contables son obligatorios dependiendo a como se encuentre en el Régimen Tributario. 

¿Cuándo los Libros Contables son obligatorios?

Cada tipo de libro o registros contables obligatorios dependerá únicamente del Régimen Tributario en el que te encuentres, ya sea como persona natural o persona jurídica. Así mismo, dependerá de los ingresos anuales que estimes por el desarrollo de la actividad empresarial.

Por consiguiente, estarás obligado a llevar los siguientes libros contables detallados a continuación:
  • Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS): En este régimen no existe obligación de llevar libros ni registros contables. Sólo se debe conservar los comprobantes de pago emitidos y aquellos que sustenten las adquisiciones realizadas.
  • Régimen Especial de Renta (RER): En este régimen los libros contables obligados a llevar son el Registro de Compras y el Registro de Ventas.
  • Régimen MYPE Tributario (RMT): En este régimen se tiene en cuenta el nivel de ingresos anuales, de modo que los contribuyentes deberán llevar los siguientes libros y registros contables basados en el límite de ingresos:
  • Ingresos Netos hasta 300 UIT
    • Registro de ventas
    • Registro de compras
    • Libro Diario de Formato Simplificado
  • Ingresos Netos desde 300 UIT hasta 500 UIT
    • Registro de ventas
    • Registro de compras
    • Libro Diario de Formato Simplificado
  • Ingresos Netos mayores a 500 UIT y que no superen las 1,700 UIT
    • Registro de Ventas 
    • Registro de Compras